Ciudad de México, 11 de mayo de 2020.- La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) publicó este lunes en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo presidencial que ordena a la Fuerza Armada permanente participar de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada y complementaria con la Guardia Nacional (GN), por un plazo que concluirá el 27 de marzo de 2024.
En el documento, firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador el 8 de mayo pasado, se señala que este acuerdo era necesario para complementar el marco legal de la GN, en lo que esta nueva corporación desarrolla su propia estructura, capacidad e implementación territorial.
Se apunta que la seguridad pública es un deber primario a cargo del Estado, por lo cual la participación de las fuerzas armadas en este esfuerzo es necesaria y por ello “se instruye al Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana para coordinarse con los secretarios de la Defensa Nacional y de Marina para definir la forma en que las actividades de la Fuerza Armada permanente complementarán la función de la Guardia Nacional.”
Durante el periodo de cinco años en que el acuerdo tendrá vigencia, la labor de las Fuerzas Armadas en materia de seguridad pública deberá sujetarse a lo que establecen diversas fracciones del artículo 9 de la Ley de la Guardia Nacional, en lo que respecta a prevención del delito, salvaguardad la integridad de las personas y su patrimonio, cumplir con los requisitos legales para una detención y colaborar con otras autoridades federales en funciones de vigilancia, verificación e inspección.
El acuerdo no le da a los militares facultades que sí tiene la GN, como son la investigación para la prevención de delitos, llevar a cabo operaciones encubiertas o realizar análisis de información para la generación de inteligencia.
Se advierte además, que la labor de los militares dentro de la GN debe respetar los derechos humanos: “la Fuerza Armada permanente se regirá en todo momento por la estricta observancia y respeto a los derechos humanos, en términos del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y observará la Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza y demás ordenamientos en la materia.”